El beneficio de seguro de vida tiene como fin la protección del socio en caso de su fallecimiento, mediante el pago de una suma asegurada a sus beneficiarios, para lo cual el socio deberá aportar una cuota quincenal accesible.
- Las pólizas de seguro son las más atractivas de las opciones existentes en el mercado, por tener una relación costo-beneficio altamente competitiva.
- Cuenta con una extensión del beneficio que protege con prima de bajo costo a los dependientes del trabajador (cónyuge (no socio del programa), hijos, hermanos, padres y suegros) con un monto de recursos para apoyo de gastos funerarios.
- Con el manejo honrado y eficiente de las cuotas de aportación del Seguro de Vida, se tiene el derecho de participar anualmente en entrega de remanentes de Seguro de Vida y Gasto Funerario a través de autos y bolsas de dinero en efectivo.
- Su esquema de operación y servicio ha demostrado y garantiza que los beneficiarios de los socios fallecidos, reciben en máximo 72 horas el pago del monto de la suma asegurada de forma simple y desburocratizada.
Requisitos necesarios que se deben de anexar a la solicitud para el trámite de pago de seguro de vida:
Socio finado(a):
- Acta de defunción (original)
- Acta de nacimiento (Original)
- Copia de identificación oficial
- Copia del Acta levantada por el ministerio público (solo socios en su 1er año de adhesión)
- Copia de talón de cheque no mayor a 3 meses
Beneficiarios:
- Acta de matrimonio (original) en su caso
- Acta de nacimiento (original)
- Copia identificación oficial
- Carta de adhesión y cambio de beneficiario reciente
- Poder notarial (en caso de que el beneficiario faculta a un tercero a recoger el beneficio)
- Resolución judicial (cuando no hay tutor o beneficiarios)Identidad notarial (cuando hay problemas con nombres)
- Carta de reclamación
- Certificado individual de seguro de grupo
- Solicitud de tramite (ST) con documentación anexa